LAS MUJERES IMMIGRANTES Y LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

Para Imprimir Información para Las Mujeres Inmigrantes

Las mujeres inmigrantes cuyos esposos las estan maltratando (con abuso emocional, sexual, físico, o económico) pueden tener barreras extras de cultura o lenguaje cuando buscan ayuda. Mientras que muchas mujeres maltratadas son aisladas y hechas víctimas sobre un largo período de tiempo, estos métodos de abuso pueden ser compuestos para mujeres imigrantes. En algunas culturas, el abuso también puede venir de la familia del abusador.

  • Algunas de las barreras distintas a las que muchas mujeres imigrantes pueden enfrentarse son:
  • Amenazas contínuas con reportarla a inmigración para que la deporten
  • Amenazas con quitarle la petición para legalizar su estado migratorio
  • Intimidación por esconder o destruir documentos importantes (pasaportes, papeles de identificación, tarjetas de seguro, etc.)
  • Destruye la única propiedad suya que tiene de su país de origen
  • Amenazas a reportarla si trabaja en trabajo "chueco"
  • La insulta con nombres racistas sobre su cultura
  • Amenazas con deportarla y quedarse con sus hijos

Si usted está casada con un ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos que está abusándola, y usted está preocupada por obtener estado legal, puede ser eligible para aplicar por residencia permanente.

Residencia permanente para mujeres inmigrantes que son maltradas

El Acta Contra la Violencia de Mujeres (VAWA: Violence Against Women Act), firmada por Congreso en 1994 y reautorizada en 2000, es un importante avance para enfrentarse con las necesidades de las mujeres inmigrantes maltratadas. Algunos de los cambios que esta legislación incluye son:

  • Mujeres inmigrantes maltratadas pueden obtener residencia permanente legal, sin tener que salir del país
  • Víctimas de la violencia doméstica que son inmigrantes pueden aplicar para residencia, sin importar la forma en que entraron al país
  • Un tipo Nuevo de visa para víctimas de crimenes, facilitando la adquisición de residencia permanente legal

¿Quién puede aplicar?

La esposa o los hijos (e hijas) que fueron, o que actualmente son víctimas de violencia doméstica, incluyendo: abuso físico, verbal, o sexual a través de esposo o padre/madre.

¿Cómo aplicar?

Es necesario probar lo siguiente:

  1. La existencia de abuso físico o mental a manos de esposo o padre/madre
  2. La esposa o hijos/as han vivido con el abusador
  3. La esposa entró al matrimonio en buena fe
  4. La esposa está casada con el abusador, o si el divorcio es a resultado de violencia
    doméstica, la aplicación debe ser sometida antes de que pasen dos años
  5. El esposo abusivo es ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos.
    Si el esposo perdió su residencia a resultado de violencia doméstica, la aplicación
    debe ser sometida antes del plazo de dos años
  6. La esposa o hijos/as no han cometido ningún crimen y son personas de buen caracter
    moral

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